El Constitucional revisará un accidentado salto paracaidista

El tribunal admite el recurso de un soldado que quedó tetrapléjico

Cuando todo parecía perdido, el Constitucional ha devuelto la esperanza a la familia de Alejandro Clemente, un soldado que el 14 de febrero de 2007, cuando tenía 22 años, quedó tetrapléjico al saltar en paracaídas.

El Tribunal Militar Territorial Primero y la Sala de lo Militar del Supremo atribuyeron el accidente a la “mala suerte” y absolvieron de imprudencia al sargento (ahora oficial) que autorizó el lanzamiento a pesar de que el primer salto tuvo que suspenderse por el fuerte viento, el avión realizó dos pasadas fallidas al no divisar correctamente la zona y todos los paracaidistas cayeron fuera del lugar señalizado y resultaron heridos; Clemente, el más grave de todos ellos.

La absolución del mando supuso que el tribunal ni siquiera considerase la responsabilidad civil del Ministerio de Defensa, que el soldado no haya sido indemnizado y que su familia deba afrontar los gastos derivados de su estado (no puede hablar ni mover las extremidades, se alimenta con una sonda y usa pañales) con la misma pensión que si hubiese sufrido un accidente de tráfico camino del cuartel.

En una decisión que tiene escasos precedentes, el Constitucional ha admitido el recurso alegando que este “plantea un problema que afecta a un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal”. El recurso se basa en el voto discrepante de dos de los cinco magistrados de la Sala del Supremo que confirmó la absolución del entonces sargento. Estos jueces mostraron su “sorpresa” ante el hecho de que se perdiera la hoja de cálculo empleada para decidir el lanzamiento, así como el casco, la mochila y el paracaídas del soldado Clemente, o que se borraran los datos de la caja negra del avión, lo que la sentencia “simplemente lamenta”, pero sin extraer “ninguna consecuencia”. Además, ambos avisaron de que se habían vulnerado derechos fundamentales al desobedecer la orden del Supremo de que se repitiera el primer juicio sobre este caso pero sin permitir, como al final se hizo, la presentación de nuevas conclusiones provisionales.

  • 11 jun. 2018   El País   MIGUEL GONZÁLEZ, Madrid