Programa antitabaco ISFAS

En España, al igual que en otros países desarrollados, el tabaquismo es la primera causa aislada de mortalidad y morbilidad evitable, siendo concluyente la evidencia científica sobre los riesgos que conlleva el consumo de tabaco para la salud de la población, si bien, la mayor parte de los daños en la salud no se ponen de manifiesto hasta varios años o decenios después del inicio del consumo.

El nivel de motivación de la persona fumadora es la base donde se fundamenta la decisión sobre el tipo de actuación que debe plantearse y, en su caso, la intervención sobre aquellas personas que hayan decidido iniciar un intento serio para dejar de fumar, atención en la que juega un papel fundamental la terapia farmacológica.

Recientemente, el Ministerio de Sanidad ha acordado la financiación de algunos medicamentos para tratamientos de apoyo a la deshabituación tabáquica a partir del 1 de enero de 2020, en concreto Vareniclina (Champix®) y Bupropión (Zyntabac®), pero con sujeción a determinadas condiciones:

–        La financiación de los medicamentos se restringe a pacientes adultos con motivación expresa de dejar de fumar y con un alto nivel de dependencia.

–        Además, los pacientes deben estar incluidos en un Programa de deshabituación tabáquica.

–        La prescripción se restringe a los médicos que se definan en el Programa.

–        Con cargo a la prestación farmacéutica se financiará un intento anual por paciente para dejar de fumar con apoyo farmacológico y cada prescripción se realizará por un envase, lo que equivale a un mes de tratamiento, debiendo valorarse la evolución de la efectividad para su continuidad.

–        El tratamiento que se extenderá hasta un máximo de doce semanas.

ACCESO AL TRATAMIENTO PARA DEJAR DE FUMAR

El ISFAS ha desarrollado un Programa de Atención al Tabaquismo que contempla actividades para identificar a las personas fumadoras con motivación para dejar de fumar, orienta las líneas de tratamiento y seguimiento individualizado en consultas programadas de Atención Primaria.

Podrán prescribirse medicamentos para deshabituación tabáquica en recetas oficiales del ISFAS por los médicos de Atención Primaria de los Servicios asignados, mientras que el tratamiento de pacientes con procesos o situaciones de especial complejidad se abordaría por el correspondiente especialista.

PROCEDIMIENTO PARA LA DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS PARA DEJAR DE FUMAR

Por Resolución de 20 de diciembre de 2019 se aprobó el Programa de Atención al Tabaquismo del ISFAS, regulándose las condiciones para la prescripción y dispensación de a los medicamentos para tratamientos de deshabituación tabáquica, con sujeción a los criterios y requisitos establecidos por el Ministerio de Sanidad.

Para garantizar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la dispensación de los medicamentos para dejar de fumar a través de la prestación farmacéutica, las recetas deben presentarse en las Delegaciones del ISFAS para su VALIDACIÓN.

En las oficinas de farmacia sólo se dispensarán a cargo de la prestación farmacéutica las recetas con prescripciones de medicamentos para dejar de fumar que hayan sido VALIDADAS previamente por la Delegación del ISFAS, debiendo abonarse únicamente la aportación a cargo del beneficiario.

Cuando la receta no haya sido previamente VALIDADA, para la dispensación del medicamento en la oficina de farmacia el interesado deberá abonar la totalidad de su importe. Posteriormente podrá solicitar en la Delegación del ISFAS el reembolso de los gastos ocasionados por la dispensación menos el de la aportación, utilizando el impreso normalizado disponible. Cuando se cumplan los requisitos exigidos, se reconocerá la prestación.