Escrito Información Ayudas Delegaciones 2022
NOTA: para todas las Delegaciones
Al igual que el año pasado hemos solicitado las ayudas de Acción Social que el E.T. (DIAPER) y Ejército del Aire (SUBDIAPER), publican en el BOD y BOE para Fundaciones y Asociaciones, con una probabilidad bastante alta de que, este año, se nos asignen ayudas por parte de los dos.
Se adelanta información para que las Delegaciones informen al personal que pueda solicitarlas, haciendo hincapié en que este año se comunique a los posibles interesados, del Ejército del Aire (Retirados, sus viudas o huérfanos).
Estas ayudas se dedicarán exclusivamente a Situaciones de Necesidad y para personas con discapacidad.
Los criterios de valoración para la distribución del capital que se nos asigne serán los establecidos en la Base reguladora decimosegunda de la Resolución 563/05001/18, BOD núm. 69 del 9/04/2.018.
Hay que tener especial atención a la Base Reguladora Séptima INCOMPATIBILIDADES
- Otras prestaciones dispensadas con fondos públicos, de la misma finalidad.
- Gastos producidos por situaciones susceptibles de ser cubiertos por seguros.
- Situaciones derivadas exclusivamente de desempleo, impago de letras o deudas por créditos, préstamos, o resolución judicial.
- Gastos derivados de celebraciones: Comuniones, Bodas, etc.
- Gastos originados por adopción de hijos, o situaciones voluntariamente aceptadas.
- Adquisición y/o arreglo de vehículos. (Se exceptúan los gastos de adaptación de vehículos para personal con discapacidad).
- Adquisición y/o arreglo de vivienda, u otros gastos relacionados con la misma, excepto eliminación de barreras arquitectónicas en caso de discapacidad.
- Gastos sanitarios producidos por operaciones o tratamientos estéticos.
- Situaciones derivadas de estar o haber estado sujeto a procedimiento judicial.
- En caso de que ambos cónyuges sean titulares del derecho, solo se abonará la ayuda a uno de ellos.
- Los solicitantes de ayudas de este Plan deberán firmar declaración responsable de que no han solicitado ayudas de acción social con el mismo objeto en otro plan de acción social.
SI SE CONSIDERARÁN LOS GASTOS PRODUCIDOS CON MOTIVO DEL PAGO A RESIDENCIAS DE MAYORES.
Como todos los años deberá remitirse justificación de los ingresos recibidos y de las posibles minusvalías y los Apéndices II y III, este último únicamente en el caso de haber recibido alguna ayuda. (Para los solicitantes del ET).
También se adjuntan los modelos de los anexos y apéndices que se solicitan y relación de documentos a adjuntar, los formatos para las ayudas del EA se encuentran en la pestaña de voluntariado de nuestra página web: www.realhermandad.es.
Por las necesidades del calendario de la Convocatoria, la fecha tope para la recepción de las propuestas a la Junta Nacional es el próximo día 01 de Octubre, pues la documentación a analizar es bastante extensa en cada una de las solicitudes y en general por el número de expedientes.
Madrid, 30 de Junio de 2.023
EL CORONEL VOCAL NACIONAL DE VOLUNTARIADO
Fdo. Luis Miguel Margüenda Tejera