Augusto Prego de Lis
Director del Observatorio de GIBRALTAR
Desde el pasado 15 de julio el acuerdo sobre Gibraltar se aplica de forma provisional, y ya asoman sus flecos. El Gobierno del Peñón protesta porque algunos de sus residentes han sido registrados en el Sistema de Entradas y Salidas (EES) al cruzar fronteras exteriores de otros países de la Unión, y exige que se corrija. Su argumento es el artículo 42: los residentes en Gibraltar «estarán exentos de los requisitos del Sistema de Entradas y Salidas».
Pero la frase dice menos de lo que Gibraltar pretende. El mismo artículo 42 suprime el sello en el pasaporte y la autorización ETIAS en las fronteras exteriores «sea o no por los pasos fronterizos» del Peñón. En la frase del EES, los redactores omitieron esa coletilla, y la omisión sobrevivió a la revisión jurídica del texto publicado en el Diario Oficial. Si hubieran querido extender la exención a los pasos fronterizos de París o Bruselas, lo habrían especificado, como hicieron dos veces en el mismo artículo. Además, el EES es Derecho de la Unión, y el Tribunal de Justicia interpreta restrictivamente las excepciones. Y el objeto declarado del acuerdo es la fluidez entre Gibraltar y el Campo, no un estatuto privilegiado en toda Europa. Limitar la exención a los controles fronterizos del aeropuerto del istmo español ocupado no es absurdo: es ceñirse a lo que pone.
La lectura importa. El artículo 41 impone a los residentes en el Peñón el límite de noventa días de cada ciento ochenta en Schengen. Sin control en La Línea, España pierde el rastro de esos «residentes de conveniencia en Gibraltar». Para el resto de los Estados Schengen, el registro EES en sus fronteras es el único registro objetivo de sus estancias.
Tres cosas para nuestros representantes en Bruselas. La primera: el acuerdo se aplica provisionalmente, y lo provisional todavía admite interpretación. La segunda: ¿saben los demás grupos del Parlamento Europeo lo que van a votar en este aspecto? Y la tercera: ¿será la residencia en Gibraltar un «permiso para eludir obligaciones fiscales» válido en toda la Unión?
Eliminar el registro EES convierte la regla en decorado, entren por La Línea, por Madrid o por París. Y si España asume en solitario la carga de la prueba del cumplimiento del límite temporal de las estancias de los residentes en el Peñón en territorio español… ¿Hay cámaras de lectura de matrículas en La Línea? ¿Existe un censo de viviendas del Campo propiedad de residentes en el Peñón o de sociedades gibraltareñas? ¿Sabe la Agencia Tributaria cuántos viven de hecho en España? El acuerdo fiscal de 2019 fija cuándo deben tributar aquí. Lo que falta es voluntad de aplicarlo. España no pierde solo recaudación. Pierde la capacidad de saber quién vive en su territorio. Y un Estado que renuncia a saberlo ha empezado a renunciar a gobernarlo.
Artículo publicado originalmente en Augusto Prego de Lis, Director del Observatorio sobre Gibraltar el 24 de octubre de 2026.
Fuente:
https://heroesdecavite.es/firmas/el-privilegio-fronterizo-de-gibraltar/
